Un nuevo decreto de Alcaldía consolida las medidas restrictivas hasta el próximo 24 de Noviembre Un nuevo decreto de Alcaldía consolida las medidas restrictivas hasta el próximo 24 de Noviembre
  El Ayuntamiento de Lucena ha publicado hoy un nuevo Decreto de Alcaldía que viene a consolidar las medidas restrictivas a causa de la... Un nuevo decreto de Alcaldía consolida las medidas restrictivas hasta el próximo 24 de Noviembre

 

El Ayuntamiento de Lucena ha publicado hoy un nuevo Decreto de Alcaldía que viene a consolidar las medidas restrictivas a causa de la crisis sanitaria hasta el próximo 24 de Noviembre, las cuales son :

 

1.- Mantener, consolidar y divulgar entre la población, las líneas telefónicas de atención a personas mayores, que vivan solas o vulnerables al COVID-19, mujeres víctimas de violencia de género y colectivos de especial atención social y económica, al objeto de implementar acciones de cooperación, asistencia o asesoramiento personal, realización de compras, reparto domiciliario por parte del voluntariado local, acompañamiento, etc.

2.- Las pistas deportivas ubicadas en los distintos barrios de la ciudad, los parques infantiles o  biosaludables, permanecerán cerrados durante el periodo de aplicación de la presente Resolución; quedando, por tanto, expresamente prohibido el uso de los distintos dispositivos y mobiliario, así como la permanencia en los citados espacios.

3.- Se mantiene la prohibición del uso de merenderos, la realización de barbacoas, pícnics y similares en cualquier espacio público del término municipal.

4.- La actividad en mercadillos, tanto el mercadillo público de los miércoles, en el nuevo Recinto Ferial, como en el privado de los domingos en el Polígono de los Polvillares, se realizará al 50% de su aforo habitual, tanto en número de puestos como de personas usuarias, modificándose a esos efectos las respectivas autorizaciones concedidas. Se atenderá para completar el aforo, si fuera
necesario, al orden de llegada de vendedores ambulantes, manteniendo los controles de temperatura para vendedores y personas usuarias y la presentación de declaración responsable de no haber dado positivo por PCR o deber de guardar aislamiento por prescripción médica, en atención a las medidas dictadas por las autoridades sanitarias; así como uso obligatorio de mascarillas, dispositivos de limpieza de manos, papeleras, control en la manipulación de productos, distancia entre vendedores, clientes y puestos, recorrido en un único sentido y todas aquellas que se vienen aplicando de conformidad con las normas establecidas por las autoridades sanitarias a tales efectos.

5.- No se autoriza el comercio itinerante en camiones, furgonetas y vehículos adaptados a dichos fines. No obstante, sí se podrán realizar actividades de venta de churros y similares, siempre que se cuente con la debida autorización municipal.

6.- Se mantienen abiertas, hasta las 18:00 horas máximo, las zonas de estudio y la Biblioteca pública municipal, con un aforo del 65%, permitido para cada una de sus salas y espacios públicos; se advierte de la obligatoriedad del uso de mascarillas y gel hidroalcohólico; manteniendo, en todo momento la distancia de seguridad interpersonal y las ventanas abiertas para favorecer una óptima ventilación.

7.- Se continuará con las labores de difusión, información y comunicación, entre la población local sobre las medidas de control sanitario dictadas por las autoridades competentes, mediante servicio de mensajes a través de megafonía móvil -vehículo adaptado-.

8- Se realizarán con una frecuencia de una vez por semana, las tareas de desinfección de espacios públicos, aledaños de centros y consultorios de salud, residencias, entre otros, así como, las desinfecciones de viales, aparcamientos y otros lugares. Ofreciendo la oportuna difusión y comunicación ciudadana. Por otra parte, se continúa con el refuerzo de las tareas de desinfección de espacios y mobiliario público, utilizando en todos los casos los Equipos de Protección Individual adecuados a la situación de crisis sanitaria por la que atravesamos.

9.- En el Mercado Municipal de Abastos se abrirán las puertas delantera y trasera, permaneciendo cerrada la lateral, que se destinará exclusivamente a labores de carga y descarga de productos. Se mantiene la limitación de aforo a un tercio del total, así como la atención simultánea de clientes por negocio a un máximo de dos, debiendo guardar las debidas medidas de distanciamiento social. Los puestos dispondrán de gel hidroalcohólico, papel de manos y papelera a disposición de los clientes.

10.- Las bodas civiles se podrán celebrar indistintamente en el Salón de Plenos o Palacio de los Condes de Santa Ana, con una duración máxima de 35 minutos, debiendo concluir, en todo caso, antes de las 18:00 horas. Asimismo, se limita el número de asistentes al 30% del aforo incluidos los contrayentes, testigos, oficiante de la ceremonia y personal técnico de apoyo, control de acceso y mantenimiento; guardando, en todo momento, la distancia de seguridad entre las personas asistentes. Se dispondrá de mascarillas y disolución hidroalcohólica para desinfección de manos. En ningún caso, se superará el máximo de cincuenta personas, en espacios al aire libre, o de treinta personas en espacios cerrados.

11.- Se retoman las visitas a domicilio realizadas por los profesionales de los Servicios Sociales, pudiendo completar los trámites e intervenciones por vía telefónica o, en su caso, a través de medios telemáticos. En materia de Servicios Sociales, Igualdad y violencia de género, continúan suspendidas las actividades grupales y actividades de formación para usuarias, salvo razones debidamente acreditadas que así se aconsejen por los profesionales municipales; manteniendo la atención telemática para aquellas personas usuarias que lo prefieran/necesiten por razones justificadas, con prioridad en la atención presencial para casos específicos. El servicio de atención infantil temprana se seguirá prestando mediante cita previa; procurando, cuando sea posible, la atención telemática a las personas usuarias.

12.- Permanecen cerrados los Centros Sociales Municipales y se suspenden las actividades y talleres de participación ciudadana y asociacionismo que se vienen realizando de manera presencial.

13.- Las fuentes de agua potable existentes en la ciudad y los aseos públicos continuarán sin servicio, salvo que dispongan de una persona encargada de la limpieza periódica de los mismos y de las distintas superficies de contacto.

14.- La atención ciudadana en la Casa Consistorial se formalizará mediante el sistema de cita previa y restricción de entrada y, en todo caso, antes de las 18:00 horas. Las reuniones concertadas en la modalidad presencial se adaptarán, en lo posible, a periodos de 15 minutos. Asimismo, el horario flexible de los empleados públicos se podrá ejercer los martes y jueves entre las 16:00 y las 18:00 horas, manteniendo el horario habitual laboral en aquellos casos en los que así esté estipulado en su calendario anual. No obstante, los edificios municipales a excepción de los deportivos se mantendrán cerrados al público a partir de las 18:00 horas.

15.- Las Comisiones Informativas y las sesiones plenarias se celebrarán bajo la modalidad no  presencial, a través del sistema de videoconferencia.

16.- Las medidas citadas se extienden, en cuanto sean de aplicación, a las pedanías de Jauja y Las Navas del Selpillar.

17.- Se reitera a la población la necesidad de extremar y cumplir las medidas impuestas en aras a evitar la propagación incontrolada del virus, y que atiendan en todo momento a las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, al objeto de seguir avanzando con normalidad en el Plan de incorporación a lo que se ha venido en denominar nueva normalidad.

 

18- Dichas medidas serán de aplicación desde su entrada en vigor, a partir de las 00:00 horas del día 10 de noviembre, hasta las 00:00 horas del día 24 de noviembre, pudiéndose prorrogar en función de la evolución de contagios y su incidencia en nuestra localidad, con independencia de cuantas otras se puedan decretar desde el propio Ayuntamiento, por la Comunidad Autónoma o el Estado, en el ejercicio de sus competencias. Asimismo quedan derogados cuantos decretos anteriores se hayan dictado en esta materia.

 

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