Un nuevo decreto de alcaldía informa sobre una bajada en la Tasa Covid y reducción de restricciones Un nuevo decreto de alcaldía informa sobre una bajada en la Tasa Covid y reducción de restricciones
  La evolución de contagios en nuestra localidad durante la última semana ha marcado una tendencia a la estabilidad; el pasado viernes, 16 de... Un nuevo decreto de alcaldía informa sobre una bajada en la Tasa Covid y reducción de restricciones

 

La evolución de contagios en nuestra localidad durante la última semana ha marcado una tendencia a la estabilidad; el pasado viernes, 16 de octubre, la tasa acumulada se situaba en 230,0 casos por cada 100.000 habitantes, en tanto que en el día de la fecha de la presente, arroja una cifra de 218,3 casos.

Analizada la tendencia y la situación generalizada tanto en nuestra ciudad, como en la comarca y comunidad autónoma, consultados los Grupos Políticos, a través de sus respectivos portavoces, y Equipo de Gobierno, dispone las siguientes medidas a partir de este viernes 24 de Octubre y vigentes hasta el próximo 30 de Octubre:

En la ciudad de Lucena prorrogar el decreto emitido el 9 de Octubre con la siguiente reducción de restricciones; Se autoriza la colocación de la totalidad de mesas y sillas autorizadas para los distintos establecimientos de hostelería de la localidad en el presente ejercicio 2020, tanto si están situadas en dominio público como en terrazas privadas de uso público, garantizando el cumplimiento de las medidas higiénico-sanitarias y siempre que se mantenga la debida distancia de seguridad de 2 metros entre sillas de distintas mesas o agrupaciones de mesas, convenientemente dispuestas alrededor de las mismas. Siendo en todo caso la ocupación máxima de éstas de 10 personas.

Se recuerda que, se establece como horario de cierre de los establecimientos la 01:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00h para el consumo o
permanencia en los mismos, pudiendo continuar con su actividad únicamente para la venta y el servicio de recogida y reparto a domicilio.

El citado decreto de alcaldía será de aplicación a la aldea de las Navas del Selpillar excepto en las medidas que contravengan las que seguidamente se citan para el citado núcleo poblacional, que vendrán a sustituir en ese caso a las allí contenidas:

a) A fin de evitar concentraciones de personas que puedan alterar las recomendaciones en cuanto a la distancia de seguridad interpersonal, se dispone la prohibición de permanecer y concentrarse (no de transitar), entre las 00:00 horas y las 7:00 horas de la mañana, en la vía pública, (calles, plazas, parques, jardines y similares) y aquellas zonas privadas de acceso y concurrencia pública (pasajes, vías privadas de acceso público y similares).

b) Se reduce al 75%, redondeándose el cálculo por exceso, el número de mesas y sillas autorizadas para los distintos establecimientos de la localidad en el presente ejercicio 2020, debiendo observar, en todo momento, una distancia entre sillas de distintas mesas de, al menos, 2 metros.

c) Se mantiene la suspensión de la actividad en el mercadillo que se celebra en dicha barriada los domingos, hasta el próximo 30 de octubre, fecha en la que se evaluará la situación y evolución de
contagios, al objeto de levantar, si así se entendiera, la suspensión que a través del presente se decreta.

 

 

Se insiste, para todos los casos y núcleos territoriales, en el cumplimiento de las recomendaciones higiénico-sanitarias dictadas por las autoridades competentes, con especial énfasis en la
distancia de seguridad interpersonal, lavado frecuente de manos y uso obligatorio de mascarillas, así como evitar arrojar elementos presuntamente contaminados -pañuelos, pipas, … – a la vía pública, evitar aglomeraciones, reduciendo, en la medida de lo posible, el número de personas con las que se interacciona a diario y creando, por consiguiente, grupos de convivencia reducidos y específicos que eviten otros contactos.

Se recuerda que, por Orden de 22 de octubre de 2020, de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía (BOJA 22-10-2020), se ha dispuesto que el uso de mascarilla sea obligatorio en los establecimientos de hostelería y restauración, salvo en el momento de la ingestión, obligatoriedad que igualmente alcanza a la práctica físico- deportiva no federada cuando no se pueda garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal y en el mismo sentido a los eventos y actividades deportivas de ocio y de competición que no sean oficiales federados.

 

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